INFORMACIÓN GENERAL
ATENCIÓN: de lunes a viernes, en doble turno.
Turno Mañana, de hs. 08:00 a 13:00; Turno Tarde, de 15:00 a 20:00. Se aconseja concurrir preferentemente en el horario matutino.
LUGAR:
Dependencia Policial (Comisarías, SubComisarías y Descatamentos) de la jurisdicción en donde se encuentra residiendo el interesado.
RECEPCION Y ENTREGA DE COPIAS DENUNCIAS y/o EXPOSICIONES
- Recepción de Denuncias en legal forma, por hechos ilícitos penales o contravencionales.
- Recepción de Exposiciones, por quejas de distintas índoles.
- Copias de Denuncias y Exposiciones: duplicados que la Autoridad Policial entrega a las personas que concurrieran a las Dependencias Policiales a denunciar un delito o exponer una queja, respectivamente.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad
- Para el caso de denuncias penales, ser mayor de 18 años de edad, además cumplir con todas las formalidades exigidas por el Código Procesal Penal de la Provincia de Salta.
- Para el caso de Exposiciones, ser mayor de 21 años de edad.
- Para ambos casos deberán presentar de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD (Policía Federal Argentina, Policía de Salta o de otras Provincias), PASAPORTE.
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- De tratarse de hechos ilícitos por sustracción de objetos, acompañar en la medida de lo posible, la documentación que acredite su propiedad, con detalles de las particularidades y características identificatorias.
ARANCEL:
Copias de Denuncias: el trámite es absolutamente GRATUITO.
Copias de Exposiciones: $ 10 (diez pesos), abonado en la misma Dependencia Policial, extendiéndose como comprobante de pago un Recibo Oficial.
RESPONSABLE:
- OFICIAL DE SERVICIO.
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- JEFE DE UNIDAD REGIONAL.
- El Oficial de servicio en turno es el responsable de recepcionar la denuncia al damnificado de un hecho ilícito o contravencional. Ante su omisión se deberá dirigir a los Oficiales Jefes de la misma Dependencia. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a la Jefatura de Unidad Regional.
- Ante la negativa de recepción de denuncias por parte de los responsables de observar su cumplimiento y agotadas todas las instancias posibles, dirigirse en forma telefónica a la Dirección General de Seguridad 4-311552.
CERTIFICADO DE RESIDENCIA
Es el documento escrito que expide la Policía de la Provincia a todo ciudadano que necesite comprobar su existencia y residencia en el domicilio que declara.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante y de dos testigos mayores de edad.
- Tener domicilio dentro de la jurisdicción de la Dependencia Policial donde se solicita el certificado.
- Presencia y firma de dos testigos mayores de edad que den fe del lugar de residencia del solicitante.
- En caso de tratarse de un menor quien necesite una constancia de su lugar de residencia, su progenitor/a, tutor/a o responsable legal, debe gestionar el Certificado de Residencia y Convivencia, donde conste el domicilio donde reside el menor, en convivencia con la persona mayor que solicite dicho trámite.
- En caso de extravío de DNI, se presentará la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
ARANCEL:
El trámite es absolutamente gratuito, conforme a Ley Provincial Nº 6950.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA. El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.
CERTIFICADO DE CONVIVENCIAES
El documento escrito que otorga la Policía de la Provincia a todo ciudadano que necesite acreditar su convivencia con personas o grupo familiar determinado, dentro de un mismo domicilio de la jurisdicción.
REQUISITO:
- Ser mayor de 18 años de edad
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante, convivientes y de dos testigos mayores de edad.
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- Tener domicilio dentro de la jurisdicción de la Dependencia Policial donde se solicita el certificado.
- Presencia y firma de dos testigos mayores de edad, que den fe del lugar de residencia y convivencia del grupo familiar.
ARANCEL:
El trámite es absolutamente gratuito, conforme a Ley Provincial Nº 6950.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.
CERTIFICADOS DE SUPERVIVENCIA:
Es el documento escrito que otorga la Policía de la Provincia a todo ciudadano que necesite comprobar su existencia.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante.
- Presencia y firma de dos testigos mayores de edad.
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- Tener domicilio dentro de la jurisdicción de la Dependencia Policial donde se solicita el certificado.
- Impresión del dígito pulgar derecho.
- Si por causas fundamentadas, el solicitante no pudiera concurrir a la dependencia policial a requerir el mismo, se efectuará una verificación policial y se exigirá la firma del solicitante o impresión del dígito pulgar derecho.
ARANCEL:
El trámite es absolutamente gratuito, conforme a Ley Provincial Nº 6950.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.
CERTIFICADOS DE EXTRAVIO
Es el documento escrito que otorga la Policía de la Provincia a todo ciudadano que necesite acreditar el extravío de documentos en general, con excepción de los DNI.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante, convivientes y de dos testigos mayores de edad.
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- Exposición escrita con detalle de los documentos extraviados, en el Libro pertinente.
ARANCEL:
el trámite posee un arancel de $10,oo (diez pesos), abonado en la misma Dependencia Policial, extendiéndose como comprobante de pago un Recibo Oficial.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.
CERTIFICADOS DE PERMANENCIA:
Es el documento escrito que otorga la Policía de la Provincia a todo ciudadano que necesite acreditar su permanencia en el radio de la jurisdicción provincial.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante.
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- Tener domicilio transitorio dentro de la jurisdicción de la Dependencia Policial donde se solicita el certificado.
- Presencia y firma de dos testigos mayores de edad, acompañados de sus respectivos documentos de identidad.
- Nota 1: en caso que por causas fundamentadas el interesado no pudiera concurrir a la Dependencia Policial a requerir el mismo, se efectuará una verificación policial y se exigirá la firma del solicitante o impresión del dígito pulgar derecho.
Nota 2: se aclara que el presente certificado debe ser solicitado el mismo día de arribo y viendo el día de viaje
ARANCEL:
El trámite posee un arancel de $10,oo (diez pesos), que debe abonarse en la misma Dependencia Policial, extendiéndose como comprobante de pago un Recibo Oficial.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.
CERTIFICADO DE TRABAJADORES AUTONOMO
Es el documento escrito que otorga la Policía de la Provincia a todo ciudadano que necesite acreditar que no se encuentra empleado con relación de dependencia.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante (actualizado).
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- Presencia (con sus respectivos documentos de identidad) y firma de dos testigos, mayores de edad que avalen la falta de relación de dependencia.
- Validez: quince (15) días a partir de su otorgamiento.
ARANCEL:
El trámite posee un arancel de $10,oo (diez pesos), extendiéndose como comprobante de pago un Recibo Oficial.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.
CERTIFICACION ESPECIAL DE FIRMAS:
Es la certificación especial de firmas que realiza la Policía de la Provincia en los siguientes casos:
Formularios del Estado Nacional o Provincial, que requieran la certificación policial de firmas.
Autorizaciones o declaraciones juradas, sólo en los casos que en la cercanía no hayan Escribanos Públicos o Jueces de Paz o por tratarse de personas carentes de recursos.
REQUISITOS:
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Presentación de documentación que acredite identidad: DNI, LC, LE, CÉDULA DE IDENTIDAD, PASAPORTE, del solicitante (actualizado).
- En caso de extravío de DNI, presentar la constancia de "documento en trámite" expedida por el Registro Civil del Estado y Capacidad de las Personas.
- Presentación del formulario del Estado Nacional o Provincial que requieran la certificación policial de firmas.
-
En el caso de autorizaciones, se requiere que se encuentren presentes ambas personas (autorizante y autorizado) y firmen en presencia del funcionario policial o impriman el dígito pulgar derecho.
ARANCEL:
El trámite posee un arancel de $6,oo (seis pesos), abonado en la misma Dependencia Policial, extendiéndose como comprobante de pago un Recibo Oficial.
RESPONSABLE:
- ENCARGADO DE MESA DE ENTRADAS
- OFICIAL DE SERVICIO
- JEFES DE DEPENDENCIA.
- El Encargado de Mesa de Entradas es el responsable de observar el cumplimiento en tiempo y forma de los requerimientos de los interesados. Ante su omisión o demora se gestionará su agilización ante el Oficial de Servicio en turno de la misma Dependencia Policial. Finalmente de no obtenerse respuestas favorables, dirigirse a los respectivos Jefes de Dependencias.