CERTIFICADO DE MINIMA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

  Es el documento escrito que otorga la Policía de la Provincia de Salta, cuando efectuada la inspección correspondiente, se aprueba el sistema de seguridad y protección contra incendios implementado. Dicho certificado tendrá una validez de UN (01) año de vigencia, con excepción de aquellos otorgados a negocios y/o locales dedicados a la venta de artificios pirotécnicos, los que se concederán por un plazo de TREINTA (30) días.

CONSTANCIA TRANSITORIA DE MINIMA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS

 Es el documento escrito que otorga la Policía de la Provincia de Salta a través del Departamento Bomberos previa inspección y asesoramiento de la División Inspección y Asesoramiento Técnico y cuando se determinen las siguientes circunstancias:

  1. Cuando el evento y/o espectáculo a desarrollarse no supere los TREINTA (30) días corridos, previo estricto cumplimiento de las medidas mínimas de seguridad contra incendios.
  2. Cuando el establecimiento y/o local, se encontrare en ejecución de obras de gran envergadura, relacionadas a la implementación del Sistema de Protección contra Incendios, siempre que se constate un avance de las mismas y cuenten con el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para la habilitación definitiva.
  3. Cuando el establecimiento y/o local, se encuentre cumplimentando las exigencias previstas en la Ley Provincial de Seguridad Pública Nº 7467/07 y Decreto Reglamentario Nº 3478/07.

 Vigencia: Cualquiera fuere la circunstancia que amerite el otorgamiento de la “Constancia Transitoria de Mínima Seguridad Contra Incendios”, tendrá como plazo de validez máxima CUARENTA Y CINCO (45) días, pudiendo el interesado solicitar la renovación de la misma previa evaluación y supervisión del avance de las obras necesarias para el cumplimiento de las medidas de seguridad por parte de la autoridad que la expide.

El beneficio de la renovación, no podrá bajo ningún concepto, exceder el máximo de TRES (03) constancias consecutivas, a cuyo término el solicitante deberá indefectiblemente cumplir con las medidas de seguridad exigidas. Una vez vencidos los plazos concedidos para el cumplimiento de las medidas de seguridad, el interesado no podrá acceder a una cuarta constancia provisoria, debiendo indefectiblemente cumplir con la totalidad de las medidas de seguridad solicitadas para obtener el Certificado de Mínima Seguridad Contra Incendios.

En el caso de eventos temporarios, la Constancia caducará una vez finalizada la actividad y/o evento para la que fuera expedida (festivales, recitales, etc.).

  Ambos documentos, son expedidos por el DEPARTAMENTO BOMBEROS (DGS), previa solicitud que se efectuarán en las DIVISIONES DE INSPECCION Y ASESORAMIENTO TECNICO, en todo el ámbito de la provincia.

 Para el área de jurisdicción CAPITAL, se solicitará la correspondiente inspección, ante la DIVISIÓN INSPECCIÓN Y ASESORAMIENTO TÉCNICO CENTRO (DB), sito en calle Deán Funes esq. Gral. Güemes, de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 14:00 y 17:00 a 21:00.

                 En el interior de la provincia, se gestionará del mismo modo, ante las Divisiones ubicadas en las ciudades de ORAN, TARTAGAL, METAN, J.V. GONZALEZ, CAFAYATE, CACHI y GENERAL GUEMES.

                 Para iniciar la solicitud de inspección, el interesado deberá presentar indefectiblemente la HABILITACION MUNICIPAL (Certificado de Habilitación; Solicitud de Habilitación, Solicitud de Renovación del Certificado de Habilitación).

 El inicio del trámite de solicitud de inspección y el retiro de la documentación que este departamento de bomberos emite; será efectuado por el titular de la habilitación municipal; caso contrario se deberá presentar autorización del titular que consigne:

  • Identidad del propietario
  • Que autoriza a iniciar el trámite y a retirar la documentación
  • Identidad del autorizado
  • Presentación de fotocopias de ambos documentos de identidad

La certificación de la autorización podrá ser realizada por escribano público o autoridad policial.    

Una vez realizada la solicitud y dentro de los SIETE (07) días hábiles se efectuará la inspección del local comercial, el cual deberá poseer como mínimo requisito y dependiendo del rubro a inspeccionar de:

  1. Matafuego a base de polvo químico seco, tipo triclase “ABC”, de cinco kilos de capacidad, en condiciones.
  2. Tablero eléctrico provisto de llaves Termomagnéticas y Disyuntor Diferencial.
  3. Luz de emergencia en condiciones.
  4. Cartelería reglamentaria.
  5. Estudio de Seguridad conforme Ley Provincial de Seguridad Pública Nº 7467/07 - Decreto Reglamentario Nº 3478/07 (dependiendo del rubro).

 Para el visado de planos; deberá presentarse por triplicado el correspondiente Proyecto de Seguridad y Protección contra Incendios, el cual contendrá Memoria Técnica descriptiva del sistema contra incendios a implementar, plano de arquitectura, debiendo el plano a visar poseer carátula con título “Plano de Bomberos” confeccionado en escala 1:100.

  

El arancelamiento de estos Documentos, se consigna conforme a la siguiente planilla: hacer click aqui

 

El arancelamiento se realiza previa aprobación de la inspección, para lo cual el interesado retirara desde esta División, los recibos con los correspondientes valores, el cual se hará efectivos en las sucursales de BANCO MACRO, debiendo presentar los talones de depósitos debidamente sellados por la entidad bancaria, al momento de retirar el correspondiente Certificado o Constancia Transitoria.

Actualizado (Viernes, 20 de Enero de 2012 01:34)